Una vez que se ha establecido en sentencia una pensión de alimentos en favor de los hijos, puede solicitarse a través de la denominada demanda de modificación de medidas, el aumento de la pensión, si han variado las necesidades de los hijos, la reducción, en función de la nueva situación económica del progenitor obligado al pago, o incluso, suprimirse. Sin que sea necesario presentar demanda para que la pensión se actualice según las variaciones experimentadas por el IPC, ya que esa variación se hace de forma automática anualmente.
En esto último, vamos a centrarnos, en la supresión de la pensión de alimentos a los hijos mayores de 18 años, con ocasión de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo número 104/2019, de fecha 19 de febrero, dictada por la Sala de lo Civil.
Se ha tenido en cuenta en la indicada sentencia, para la supresión de la pensión alimenticia, que los hijos no tengan ningún tipo de relación con el progenitor (padre o madre), que abona la pensión. Es decir, que haya un total desapego afectivo entre ellos.
No son pocos los casos en los cuales, los hijos, una vez llegada la mayoría de edad, o incluso antes, desprecien al progenitor con el que no conviven y no quieran saber nada de él.
En muchas ocasiones no solo no los ven, sino que tampoco les cogen el teléfono, ni les informan de su vida en general (estudios, actividades). En cambio, y pese a todo, los padres siguen pagando la pensión de alimentos.
El debate está servido, por lo que, a fin de poder saber si es viable una petición al juez en este sentido, tendremos que establecer una serie de criterios a tener en cuenta a fin de solicitar la supresión de la cuantía mensual que se abona por este concepto:
- La falta de relación entre padres e hijos.
- Que esa falta de relación sea relevante e intensa. No sirve un enfado puntual, tiene que permanecer en el tiempo.
- Que esa falta de relación sea imputable a los hijos. Quedarían descartados aquellos casos en los que los hijos hayan sufrido algún tipo de violencia por parte de sus progenitores, lo que legitimaría su deseo de no tener relación con los mismos.
Como en muchas ocasiones ocurre en Derecho, nos encontramos con un problema de prueba fácilmente remediable, si podemos aportar, por poner ejemplos: mensajes de WhatsApp de los hijos despreciando la relación con sus padres, diciéndoles que no quieren verlos, hablarles, relacionarse con ellos, bloqueo de mensajes y llamadas en los terminales móviles, cambio de apellidos, y en casos más graves, malos tratos hacia el progenitor.