En los delitos por tráfico de drogas (delitos contra la salud pública) se ha determinado por medio de jurisprudencia, que cantidades de droga, se consideran de notoria importancia, y por lo tanto se aplica el tipo agravado, con penas superiores en grado.

¿Qué cantidades de droga se consideran de notoria importancia?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha determinado que, a partir de 500 dosis de una sustancia estupefaciente, estaríamos ante un delito contra la salud pública en su tipo agravado.

Las cantidades que se consideran como de notoria importancia, que conllevan penas más elevadas que las del tipo básico, son:

  • Heroína, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 300 gr.
  • Morfina, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 1.000 gr.
  • Metadona, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 120 gr.
  • Cocaína, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 750 gr.
  • Marihuana, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 10 Kg.
  • Hachís, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 2,5 Kg.
  • Aceite de hachís, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 300 gr.
  • LSD, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 300 mg
  • MDMA, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 240 gr.
  • Anfetaminas, Límite de droga para ser notoria importancia, desde 90 gr.

El Tribunal Supremo establece una interpretación a favor del reo, aceptando que existe un margen de error del 5%, respecto del pesaje y determinación de la pureza de las sustancias.

Hay que tener en cuenta que, para la aplicación de la notoria importancia, el cálculo se realiza en base a la pureza de la sustancia, salvo la marihuana y el Hachís que computan únicamente en base al peso de la substancia.

Por ejemplo, respecto a la cocaína, si la sustancia intervenida es de 1 kilo (1.000 gramos) pero con una pureza de un 70%, la cantidad a computar serían 700 gramos.

El tráfico de drogas blandas (marihuana y hachís) con aplicación de la notoria importancia, lleva aparejada una pena de prisión de 3 años a 4 años y 6 meses. El tráfico de drogas duras, con aplicación de la notoria importancia, lleva aparejada una pena de prisión de 6 a 9 años.