Asistencia al detenido ante la policía y en el juzgado de guardia.
La asistencia letrada al detenido es un derecho fundamental. Cuando una persona es detenida por la Policía u otra autoridad, debe ser informada de manera comprensible de los hechos por los que se le detiene, que tiene derecho a examinar las actuaciones con anterioridad a la toma de declaración, a actuar en el proceso penal para ejercer su derecho de defensa, a designar libremente abogado, a solicitar asistencia jurídica gratuita, a un traductor y/o intérprete, a guardar silencio y a no prestar declaración, no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
¿Cuál es el plazo máximo de detención?
El plazo máximo es de 72 horas, tras las cuales, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición judicial; produciéndose normalmente la segunda actuación.
¿Qué garantías prestamos los abogados en la asistencia al detenido?
Solicitamos que se informe al detenido de los derechos que le asisten o informarle nosotros mismos. Que comprenda el alcance de los mismos. Procurarle reconocimiento médico si fuera preciso, por ejemplo en aquellos casos en los que el delito lo ha cometido estando bajo los efectos del alcohol y sustancias estupefacientes que hayan viciado su voluntad.
Asimismo, podemos entrevistarnos reservadamente con el detenido incluso antes de la toma de declaración por la policía, el fiscal o la autoridad judicial.
También informaremos al detenido de las consecuencias de la prestación o denegación del consentimiento en la práctica de determinadas diligencias.
Se comprueba que la detención ha sido efectuada conforme a los requisitos legales.
¿El abogado que asiste en comisaría es un abogado de oficio?
Depende. Si el detenido designa un abogado de libre elección, la autoridad se pondrá en contacto con este letrado para que asista a la toma de declaración de su cliente. Desde la llamada telefónica, el letrado tiene un plazo de 3 horas para acudir al centro de detención. Si el letrado libremente designado no asiste o renuncia, el colegio de abogados de la ciudad designa uno de oficio.
Sin embargo, es muy habitual, que, tras ser detenido, el abogado designado lo sea de oficio, por diversos motivos.
La asistencia letrada no solo se efectúa en centros de detención, sino se efectúa al igual en el propio Juzgado, en la toma de declaración ante el Juez. Este momento es crucial para que el letrado efectúe la asistencia a su cliente, teniendo en cuenta que va a poder examinar todo el atestado en la oficina judicial y podrá asesorar a su cliente con más conocimiento del asunto.