Negligencias Médicas

Los profesionales sanitarios, deben actuar conforme a Lex Artis, siguiendo unos protocolos de actuación concretos, y para el caso de que, por acción u omisión, su actuación no sea la correcta, en muchas ocasiones conlleva un perjuicio para el paciente, quién en tal caso tiene derecho a solicitar una indemnización ante los tribunales.

Conceptos de la indemnización

Se pueden reclamar:

  • Daños Personales:
    • Incapacidad Temporal.
    • Secuelas.
    • Daño Moral.
  • Daños Materiales:
    • Gastos soportados
    • Lucro Cesante.

Casos frecuentes de negligencias médicas

Obligación de medios

  1. Error en el diagnóstico o diagnóstico tardío.
  2. Falta de consentimiento informado, no habiendo informado al paciente de los riesgos de la intervención.
  3. Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo.
  4. Contagio de enfermedades en transfusiones sanguíneas
  5. Prescripción inadecuada de medicamentos o tratamientos.
  6. No prestar asistencia sanitaria de urgencia con resultado de fallecimiento del paciente.
  7. Daños producidos por el propio material quirúrgico durante la intervención o tras olvidarlo en el interior del paciente.
  8. Problemas en el post-operatorio, al no hacer un seguimiento correcto.

Obligación de resultados

  1. No obtención del resultado prometido en cirugía estética, siempre y cuando no sea una cirugía reparadora.

Procedimientos y plazos para reclamar

  • Negligencia médica en centros médicos públicos o por sus profesionales sanitarios:
    • En estos casos el cauce de reclamación es a través de una Reclamación por Responsabilidad Patrimonial, ante la administración sanitaria competente, reclamando indemnización por los daños y perjuicios provocados por el mal funcionamiento de la administración o por el mal actuar de alguno de sus profesionales sanitarios.
    • El plazo para iniciar el procedimiento, prescribe al año desde que ocurre el hecho lesivo, o desde la sanción o desde que las secuelas se consideran definitivas.
  • Negligencia médica en centros médicos privados o por profesionales médicos privados:
    • En estos casos la reclamación es en concepto de Responsabilidad Civil, ya sea contractual o extracontractual, reclamando indemnización por los daños y perjuicios ante los tribunales del orden civil.
    • El plazo para iniciar el procedimiento, prescribe a los 5 años en cuanto a la responsabilidad contractual y de 1 año en el caso de la responsabilidad extracontractual, ambos desde que ocurre el hecho lesivo o desde la sanción o desde que las secuelas se consideran definitivas.

En ambos ámbitos existe la posibilidad de acudir a la jurisdicción PENAL

Si ha sido víctima de un error o negligencia médica, no dude en contactar con nosotros, la primera consulta es gratuita, revisaremos toda la documentación, y le asesoraremos sobre las posibles soluciones, realizando un presupuesto personalizado.

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